Lo que nadie te dice sobre las pólizas de vida colectivas
Por ley, las empresas en México no tienen la obligación de otorgar a sus empleados un seguro de vida ni tampoco un seguro de gastos médicos mayores. Pero en el caso que sí lo hagan como prestación, es un gran beneficio dentro del paquete de compensación y al cambiar de trabajo debería de ser un factor importante a incluir en la toma de decisión. Además de entender en la parte de gastos médicos los conceptos de antigüedad y siniestralidad.
Partiendo que en la empresa en que laboras sí tienes estos beneficios: un seguro de vida y un seguro de gastos médicos mayores, hoy escribiré algunos puntos que vale la pena contemplar en la parte de seguro de vida colectivo.
Seguro de Vida
Saber cuál es la suma asegurada y las coberturas adicionales que tiene.
Conocer si como parte de la prestación del trabajo es posible incrementar la suma asegurada de la póliza con un costo preferencial.
Designar al beneficiario.
Entregar una copia de la póliza al beneficiario. De esta manera en caso que el asegurado fallezca o sufra una invalidez total y permanente (si se incluía esta cobertura) sea más sencillo que pueda iniciar el trámite del cobro de la suma asegurada.
Saber que las pólizas de vida colectivas son una prestación y sólo se pueden tener mientras laboras para la empresa, esto se conoce como seguro de vida temporal. Personalmente creo que es conveniente aún teniendo una póliza de vida colectiva buscar poder tener una póliza de vida vitalicia, equivale a decir que en vez de “rentar” un seguro “compras” un seguro para toda la vida.
Con gusto si quisieras mas información puedes contactarme a través de mi correo gonzalodanielgarcia7@gmail.com o al 8112770158.